La Asamblea Nacional debatirá en segundo debate el proyecto de Ley de Extradición, una propuesta que busca reemplazar la normativa vigente desde el año 2000 con el objetivo de fortalecer la cooperación judicial internacional y actualizar los procedimientos frente al crecimiento del crimen organizado transnacional.
La iniciativa plantea establecer reglas más claras para la extradición activa y la extradición pasiva, incorporando procedimientos definidos, plazos específicos y mayores garantías jurídicas. Según los legisladores, la actual legislación presenta vacíos legales que dificultan la entrega de personas requeridas por la justicia y generan retrasos en los procesos.
Entre 2019 y marzo de 2024, Ecuador gestionó más de 200 solicitudes de extradición activa, de las cuales únicamente 72 concluyeron con la entrega efectiva de la persona requerida. Con esta reforma se busca mejorar la eficacia de estos procedimientos y evitar que el país se convierta en refugio para personas prófugas.
El proyecto establece que el Presidente de la Corte Nacional de Justicia será la autoridad central encargada de tramitar las solicitudes de extradición, analizar la documentación y emitir una resolución sobre la procedencia o improcedencia del pedido. Sin embargo, la decisión final continuará en manos del Presidente de la República, quien podrá aceptar o negar la entrega de una persona por razones de soberanía nacional, seguridad, orden público o aplicación del principio de reciprocidad.
Uno de los principales cambios consiste en suspender el cómputo del plazo de la prisión preventiva mientras la persona requerida permanezca detenida en el extranjero durante el trámite de extradición. De esta manera, ese tiempo no será considerado para determinar la caducidad de la medida cautelar en Ecuador.
La propuesta también incorpora un catálogo de causas para negar una extradición. Entre ellas se encuentran los casos en que exista riesgo de tortura, aplicación de la pena de muerte, persecución por motivos discriminatorios, reconocimiento de asilo, cosa juzgada o cuando la persona requerida sea menor de 18 años. Asimismo, aclara que los actos de terrorismo y otros delitos graves no serán considerados delitos políticos.
Otro aspecto relevante es que los ciudadanos ecuatorianos no podrán ser extraditados por delitos presuntamente cometidos antes del 9 de mayo de 2024, fecha en la que entró en vigencia la reforma constitucional que permitió la extradición de nacionales. Finalmente, la iniciativa dispone la creación de una unidad técnica especializada dentro de la Corte Nacional de Justicia para fortalecer la gestión de los procesos de extradición en el país.





















