Sucesos

Corte Constitucional declara inconstitucionales a dos decretos presidenciales

La Corte Constitucional difundió su decisión de manera oficial. En esa ocasión, con ocho votos a favor, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los Decretos Ejecutivos 500 y 505, por ser contrarios al artículo 146 de la Constitución, que se refiere a la ausencia temporal del presidente de la República.

La decisión de la Corte Constitucional se adoptó por mayoría, con los votos concurrentes de las juezas Carmen Corral y Teresa Nuques; y, con el voto salvado del juez Enrique Herrería Bonnet. La sentencia fue notificada este 3 de febrero.

El Decreto Ejecutivo 500 fue suscrito el 7 de enero. El presidente Daniel Noboa dispuso en ese documento el encargo de la Presidencia de la República a la economista Cynthia Natalie Gellibert Mora, vicepresidenta constitucional de la República por efecto del artículo 150 de la Constitución de la República del Ecuador, desde las 17:00 del jueves, 9 de enero de 2025, hasta las 16:59 del domingo, 12 de enero de 2025. Se explica que la razón es la ausencia temporal del presidente de la República “por la circunstancia de fuerza mayor expuesta en la parte considerativa de este Decreto Ejecutivo”. Este decreto fue derogado el 12 de enero.

El Decreto Ejecutivo 505 lo expidió Noboa el 16 de enero. Encargó la Presidencia a Gellibert, desde las 18:00 de ese día hasta las 22:00 del 19 de enero, cuando participó en el debate presidencial. Este 16 de enero, Verónica Abad presentó la acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 1 del 505.

El Decreto Ejecutivo 500 fue suscrito el 7 de enero. El presidente Daniel Noboa dispuso en ese documento el encargo de la Presidencia de la República a la economista Cynthia Natalie Gellibert Mora, vicepresidenta constitucional de la República por efecto del artículo 150 de la Constitución de la República del Ecuador, desde las 17:00 del jueves, 9 de enero de 2025, hasta las 16:59 del domingo, 12 de enero de 2025. Se explica que la razón es la ausencia temporal del presidente de la República “por la circunstancia de fuerza mayor expuesta en la parte considerativa de este Decreto Ejecutivo”. Este decreto fue derogado el 12 de enero.

El Decreto Ejecutivo 505 lo expidió Noboa el 16 de enero. Encargó la Presidencia a Gellibert, desde las 18:00 de ese día hasta las 22:00 del 19 de enero, cuando participó en el debate presidencial. Este 16 de enero, Verónica Abad presentó la acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 1 del 505.

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