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Carlos Polit y Pablo Celi son declarados «persona non grata» y «vergüenza nacional»

Carlos Polit y Pablo Celi son declarados «persona non grata» y «vergüenza nacional» por los funcionarios actuales de la Contraloría General del Estado.

Podrán sonar duras estas expresiones, pero analizando las razones vemos que la vindicta pública no sólo debe quedar en lo legal, sino en el castigo moral como ejemplo público y por la sola razón de la justicia.

Mauricio Torres, el actual contralor, en su alocución dijo que era un pedido de la Asociación de Empleados de la Contraloría puesto que ambos funcionarios le han hecho «demasiado daño a la institución».

Pablo Sánchez, presidente de la Asociación de Empleados, dijo que la idea es dejar en la memoria de los funcionarios la necesidad de trabajar honestamente.

Con lo que ambos funcionarios además proyectan el daño que ambos excontralores le hicieron al país entero y en especial al eliminar y dejar caducar glosas, feriaron millones de dólares de propiedad de todos los ecuatorianos. De tanta necesidad de los pobres y de ciudadanos que necesitan mejorar sus niveles de vida.

Así, en un acto de extremado simbolismo el día de ayer en las instalaciones de la misma institución sus retratos fueron tapados con una franja roja con las leyendas «persona no grata» y «vergüenza nacional».
La Real Academia Española determina que una «persona non grata» es aquella que resulta “indeseable por un Gobierno o institución”.

Por un lado, este acto simbólico remarca la necesidad de que los titulares de las instituciones estatales sean ejemplo que guíen el comportamiento de sus subalternos. De lo contrario, ese funcionario pasa a ser el principal responsable del deterioro de la institución. Aquella entidad que tiene sus principios y estatuto para cumplir sus funciones.

En el caso de la Contraloría General del Estado (CGE) la Constitución vigente dice claramente en su artículo 204 marca su naturaleza como parte de la Función de Transparencia y Control Social, irónicamente creada para preservar la honestidad.

En el segundo párrafo del mismo artículo 204 dice que «La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad; fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y prevendrá y combatirá la corrupción.

Más adelante, en el artículo 211 en adelante se refiere específicamente a la institución:
Art. 211.- La Contraloría General del Estado es un organismo técnico encargado del control de la utilización de los recursos estatales y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos.

Art. 212.- Serán funciones de la Contraloría General del Estado, además de las que determine la ley:

  1. Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos.
  2. Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos sujetos a su control, sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado.
  3. Expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones.
  4. Asesorar a los órganos y entidades del Estado cuando se le solicite.
    Ironía desde todo punto de vista.
    ¿Polit y Celi habrán leído alguna vez la Constitución?

EDITORIAL DE 92.5 FOREVER RADIO, MIÉRCOLES 22 DE MAYO DE 2024
Por Washington Delgado L.

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